Listado de galardonados.pdf - Google Drive

2 downloads 223 Views 271KB Size Report
José Luis Flores Reyes (Flores editor y distribuidor). 33. José Luis Pérez Ángeles (Colegio Libre de Estudios Univer
SOCIEDAD MEXICANA DE CRIMINOLOGÍA CAPÍTULO NUEVO LEÓN, A.C. México, a 21 de junio de 2017. Asunto: Listado de galardonados. LISTADO DE GALARDONADOS VIGENTES Distinción de Doctorado por causa de honor: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Marta Pellón Pérez (Centro de Formación Estudio Criminal) Martín Ignacio Palladino (Centro de Formación Estudio Criminal) Francisco Israel Hernández Fernández (Colegio Mexicano de Ciencias Forenses) Ernesto Ferrara Theriot (Gobierno de Tamaulipas) Juan Carlos Trujillo Mahecha (Ministerio de Defensa Nacional) Carlos Mauricio Archila Guio (Junta Directiva Fundación Derecho y Formación Tejido Humano) 7. Jesús Enrique Archila Guio (Junta Directiva Fundación Derecho y Formación Tejido Humano) 8. José Ricardo Archila Guio (Junta Directiva Fundación Derecho y Formación Tejido Humano) 9. Manuel Salvador Acuña Zepeda (Universidad Autónoma de Nuevo León) 10. Agustín Salgado García (Academia Mexicana de Psicopedagoía Jurídica) 11. Alejandra Ojeda Sampson (Universidad Autónoma de Aguascalientes) 12. Arturo Cuellar Fernández 13. Carla Monroy Ojeda (Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León) 14. Carlos Omar Sosa Del Ángel (Gobierno municipal de Tampico) 15. Carlos Pérez Vaquero (Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses) 16. Carlos Rodríguez Campos (Instituto Mexicano de Victimología) 17. César Herrero Herrero (Ministerio de justicia) 18. Delfino López Vázquez (Colegio Libre de Estudios Universitarios) 19. Elía Moreno Martínez (Colegio Libre de Estudios Universitarios) 20. Emilio José García Mercader (Fundación de Victimología) 21. Francisco Manuel García Costa 22. Martha Fabiola García Álvarez (Universidad de Guadalajara) 23. Gabriela Iliana Ulloa Ponde De León (Suprema Corte de Justicia de la Nación) 24. Gino Ríos Patio (Universidad San Martín de Porres) 25. Humberto Bobadilla Reyes (Universidad Autónoma de Nuevo León) 26. Inés Guzmán Correa 27. Javier Jiménez Martínez (Universidad Nacional Autónoma de México) 28. Jorge Alberto Pérez Tolentino (Universidad Popular Autónoma de Veracruz) 29. Jorge Eduardo Gechem Turbay 30. José Adolfo Reyes Calderón 31. José Antonio Pérez-Porrúa Porrúa (Editorial Porrúa) 32. José Luis Flores Reyes (Flores editor y distribuidor) 33. José Luis Pérez Ángeles (Colegio Libre de Estudios Universitarios) 34. Juan Manuel Pérez Ángeles (Colegio Libre de Estudios Universitarios)

Eduardo Livás 210, Nuevo periférico, 66423, San Nicolás De Los Garza, Nuevo León, México. Correo: [email protected] Página: www.somecrimnl.es.tl. Tel.: 01(81)83524959.

1

35. Miguel Pérez Ángeles (Colegio Libre de Estudios Universitarios) 36. José Manuel Servera Rodríguez (Grupo Criminología y justicia) 37. José Virgilio Venegas Delgado (Comisión Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia) 38. Joseph Emerson Ccaza Zapana 39. Juan Antonio Maruri Jiménez (Academia de Peritos en Ciencias Forenses y Consultoría Técnica Legal) 40. Juan Fabian Ramírez (Universidad Popular Autónoma de Veracruz) 41. Juan José Martínez Bolaños (Grupo Criminología y justicia) 42. Moisés Solís Vázquez (Colegio de Especialidades Jurídicas) 43. Osvaldo Alfredo Cuello Videla (Watson consultores) 44. Osvaldo Nelo Tieghi (Asociación Civil Argentina de Criminología Experimental) 45. Pedro Donaires Sánchez (Derecho y cambio social) 46. Rafael Martínez Alcocer (Universidad Von Humboldt) 47. Federico Del Ángel Pérez (Universidad Von Humboldt) 48. Raúl Zaffaroni (Corte Suprema de Justicia de la Nación) 49. Rogelio Romero Muñoz (Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León) 50. Wael Sarwat Hikal Carreón (Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León) Distinción de Maestría por causa de honor: 51. Cristián Rafael Marrero Díaz (Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico) LISTADO DE DISTINCIONES CANCELADAS Por orden alfabético (distinciones canceladas de Maestría y/o Doctorado por causa de honor):   

Erick Gómez Tagle López (Benemérita Universidad Autónoma de Puebla) Julio César García Luna (Benemérita Universidad Autónoma de Puebla) Manuel Alejandro Vázquez Flores (Universidad Nacional Autónoma de México) REGLAMENTO DE DISTINCIONES ACADÉMICAS

El presente reglamento se expide en nuestra SOCIEDAD para contemplar las distinciones académicas como la de Doctor por causa de honor, Maestro por causa de honor, medallas de excelencia científica, docente y de distinción académica. Corresponde al consejo integrado por el presidente, vicepresidente y directivos aprobar la concesión de tales distinciones. En atención a ello, se establece el presente reglamento que comprende a la vez una mejor definición de la tramitación y concesión de las distinciones antes mencionadas. 1. DOCTORADO POR CAUSA DE HONOR Y MAESTRÍA POR CAUSA DE HONOR 1.- El Doctorado por causa de honor y Maestría por causa de honor podrán ser conferidos a personalidades, profesores o investigadores mexicanos o extranjeros con méritos excepcionales, por sus contribuciones a cualquiera de las áreas de la Criminología, Criminalística y Victimología, o a quienes hayan realizado una labor de extraordinario valor para el mejoramiento de las condiciones de vida o del bienestar de la humanidad.

2

A las personas honradas con el Doctorado por causa de honor y Maestría por causa de honor, se les impondrá la toga, guantes, libro en blanco y el birrete que corresponda, y su nombramiento se acreditará con un diploma. El Doctorado por causa de honor y Maestría por causa de honor no equivale a los grados académicos obtenidos de acuerdo con los requisitos establecidos en los planes de estudio aprobados. 2.- En el caso del Doctorado por causa de honor y Maestría por causa de honor, hay que señalar que, si bien la iniciativa parte de una persona o de un colectivo concreto, dicha iniciativa se debe canalizar a través de la asamblea general de la SOCIEDAD, en los cuales el proponente siempre puede encontrar la representación oportuna a tal efecto. Las áreas receptoras deben tramitar las iniciativas personales o institucionales, cuidando de que se satisfagan todos los detalles académicos, como son los informes favorables de los departamentos afectados, un currículo conciso pero ilustrativo de los méritos del propuesto y un escrito de motivación de la concesión, entre otros. La determinación de otorgamiento o desechamiento de la propuesta en esta instancia será inatacable. 3.- La diversificación de las distinciones de la SOCIEDAD permite conceder reconocimientos por otros méritos que no sean los estrictamente académicos. Esta nueva circunstancia facilita que el Doctorado por causa de honor y Maestría por causa de honor se restrinja a personas cuyos méritos son plenamente académicos, por su trayectoria dentro de la SOCIEDAD, áreas de investigaciones, academias y demás instituciones nacionales e internacionales de este ámbito, y también a personas que, sin haber desarrollado una trayectoria profesional en el ámbito estrictamente académico, representen a la cultura en su grado de creación más elevado, y que precisamente tengan por ello proyección académica y una incidencia notoria en el quehacer universitario. 4.- La propuesta que eleven se tramitará a través de la asamblea general. Los méritos esenciales del candidato deben guardar relación con su trayectoria académica o profesional (docencia, investigación, creación). El expediente se compondrá, como mínimo: a) del currículo del propuesto, b) un escrito de motivación donde se alegue la conveniencia y oportunidad del nombramiento, con énfasis sobre la proyección académica de su curriculum y, en su caso, la vinculación de la persona con la SOCIEDAD y el beneficio que supone para la SOCIEDAD incorporar al futuro Doctorado por causa de honor y Maestría por causa de honor. 5.- Una vez que la propuesta es informada se tramitará ante el consejo, entendiéndose aprobada si obtiene mayoría de los votos emitidos. Dicho Consejo podrá recomendar que la propuesta se oriente hacia otra distinción diferente, cuando el perfil del candidato responda a lo establecido para otras distinciones. 7.- La incorporación como Doctor por causa de honor y Maestro por causa de honor al claustro de la SOCIEDAD, junto al honor de la distinción, la obligación moral de coadyuvar al prestigio del órgano colegiado en el que se ingresa (consejo), y hacer efectivos con su actuación los compromisos adquiridos en la investidura.

3

CANCELACIÓN DE DISTINCIONES Se cancelan cualquier tipo de distinción cuando el galardonado haya incurrido en alguna conducta ilícita tipificada en el código penal federal o para la entidad donde la haya realizado, así como por haber cometido faltas a la moral, dañado o perjudicado a cualquier miembro de la Sociedad que le otorga la distinción, así como por desprestigio hacía ésta o alguno de sus miembros, por su propia voluntad al rechazarla, mal uso de la distinción con fines de lucro, fines de popularidad, abuso de confianza, actos que vayan en contra de la objetividad, que generen el fanatismo, la ignorancia, la servidumbre, u otras deliberadas por el consejo académico de la SOMECRIMNL.

4